*Los interesados tienen hasta el 16 de junio para inscribirse; podrán participar personas de 15 años en adelante
*El objetivo es impulsar la creatividad artística y la participación ciudadana, mediante la pinta de murales en espacios públicos fijados por el OPLE Veracruz
Xalapa, Ver.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLE Veracruz) aprobó la convocatoria del concurso de murales denominado “Democratiz-arte”, cuyo objetivo es impulsar la creatividad artística y la participación ciudadana.
El Consejero Electoral y Presidente de la Comisión Especial de Promoción de Participación Ciudadana, Fernando García Ramos, expresó que con la realización de estos murales comunitarios en espacios públicos del municipio de Xalapa se busca promover los valores democráticos
“No tengo duda de que los valores democráticos se conocen en la acción colectiva, el reconocimiento y el respeto a la otredad, pues ella nos supone traspasar la individualidad para llegar a nosotras y a nosotros. Por eso, quiero invitar cordialmente a todas las personas de 15 años en adelante a que compartan el poder de la expresión artística y el trabajo en conjunto”.
Los interesados tendrán hasta el 16 de junio para registrarse; los inscritos tomarán capacitaciones con un artista de renombre los días 20, 21, 27 y 28 de junio; y los murales se pintarán a más tardar el 23 de agosto, para después elegir al ganador mediante likes de las imágenes participantes en el Facebook del OPLE Veracruz.
Al tomar la palabra, la Consejera Electoral e integrante de la comisión, Maty Lezama Martínez, consideró que “este tipo de iniciativas que tienen que ver con el arte, a través del impulso de la creatividad veracruzana, son de reconocerse, ya que el OPLE Veracruz tiene el deber de promover la cultura democrática con el único propósito de que cada vez seamos más personas quienes formemos parte activa de los asuntos públicos de nuestra entidad y de nuestro país, máxime de cara al inicio del siguiente proceso electoral”.
En tanto que la Consejera Presidenta, Marisol Alicia Delgadillo Morales, agradeció a las instituciones y a las personas que han cedido los espacios públicos para que este concurso se pueda llevar a cabo, ya que “la construcción de la democracia, de la cultura democrática y del fomento de la participación ciudadana es un trabajo de todas y todos”.
Posteriormente, se discutió el proyecto de resolución respecto del procedimiento sancionador ordinario con número de expediente CG/SE/PSO/003/2025, iniciado con motivo de la vista ordenada en la consideración 36 de la resolución INE/CG848/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral de veintiocho de julio de dos mil veinticinco.
Durante su intervención, el Consejero Electoral y Presidente de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, Gandhi Olmos García, propuso declarar la inexistencia de la infracción atribuida a Marco Antonio Martínez Amador, respecto de la presunta vulneración al artículo 209, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y, por cuanto hace al Partido del Trabajo, “si bien se reconoce que los partidos tienen un deber de vigilancia respecto de las personas que postulan como candidatas o candidatos, en el caso concreto, al no acreditarse la conducta infractora principal, tampoco se actualiza una falta al deber de cuidado atribuible a dicho instituto político”.
Hay que recordar que este asunto tuvo su origen en una determinación que derivó de la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña correspondientes al proceso electoral local ordinario 2024-2025 en el estado de Veracruz, en el que el INE advirtió una posible infracción a la normativa electoral por el presunto otorgamiento de dádivas a la ciudadanía por parte del excandidato.
El Consejero abundó que durante la sustanciación del procedimiento se llevaron a cabo diversas diligencias de investigación, a fin de determinar que no toda entrega de un bien o servicio por sí misma actualiza automáticamente una infracción electoral, pues es necesario analizar si ese beneficio fue entregado con la finalidad de condicionar, inducir o presionar la voluntad de la ciudadanía.
“En el caso concreto, si bien se acreditó que el entonces candidato participó en la distribución de agua potable durante el periodo de campaña, del análisis integral de las constancias, desde mi perspectiva, no se desprende que dicha entrega se hubiera condicionado el apoyo electoral ni que se hubiera solicitado expresamente el voto a cambio del servicio proporcionado. El proyecto reconoce que la conducta tuvo una proyección política o propagandística, sin embargo, también precisa que esa circunstancia, por sí sola, resulte insuficiente para tener por acreditada la infracción”.
Por lo que este último punto del orden del día, finalmente, fue aprobado por mayoría de votos.
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